miércoles, 30 de mayo de 2012

!! RUSIA DE NOCHE !!












































Servicat - Kit de Adiestramiento para gatos



Para no limpiar más porquería... ¡haga a su gato uno más de su familia!

Kit_para_gatos_servicat
Servicat es un kit de adiestramiento para educar a nuestro gato(s) a hacer sus necesidades en el inodoro en vez de la caja de arena habitual.
El sistema conlleva una serie de pequeños pasos que permiten a nuestro gato cambiar su comportamiento a su propio ritmo. Este sistema y el método de entrenamiento ha sido supervisado por veterinarios y especialistas en comportamiento de gatos. 
Está basado en el principio fundamental de que todo gato entierra sus heces para no dejar olor a posibles depredadores. Si un gato puede ocultar el olor de cualquier otro modo significa que puede ser enseñado a no enterrar. Cuando un gato deposita sus heces en el agua del W.C. satisface su necesidad de ocultar el olor y por consiguiente su reflejo de enterrar se hace innecesario.
Con el kit Servicat su gato se habituará gradualmente a usar el inodoro y en pocas semanas lo asociará como su sitio natural para hacer sus necesidades. La gran ventaja de Servicat es que el proceso se divide en 5 pequeños pasos, lo cual facilita enormemente el proceso de adaptación a la hora de cambiar el comportamiento de su gato.

Talan los cedros de Minayo



Talan los cedros de Minayo

http://www.hoy.es/videos/videos-de-hoy/ultima-hora/1662456119001-talan-cedros-minayo.html


Una motosierra ha terminado esta mañana con la estampa de los dos cedros centenarios delante del Teatro López de Ayala. Los árboles se han secado en los últimos meses y ha llegado el momento de su retirada. A las ocho de la mañana, los jardineros comenzarán a retirar las ramas más pesadas y, posteriormente, cortaban el tronco desde arriba hacia abajo por partes.
Los operarios de Parques y Jardines protegerán los bojs que se encuentran al lado con una estructura rectangular para evitar que las ramas que puedan caer dañen los arbustos.
«El Ayuntamiento ha hecho todo lo posible para que no se secaran», asegura el concejal de Medio Ambiente, Antonio Ávila, quien explica que el Consistorio ha puesto todos los medios para tratar de salvarles la vida. Cuando advirtieron que uno de ellos se secaba, le quitaron el riego, se lo volvieron a poner y así hasta que consiguieron que sus hojas rebrotaran. Un tiempo después, se secó de nuevo. Después de que muriera uno, se secó el otro.
«Lo hemos intentado todo, pero los cedros se han ido y ahora toca retirarlos», dice el concejal, quien insiste en que desconocen el motivo de que los árboles se hayan secado. Ni cree que sea consecuencia directa de la obra de reforma de la plaza ni tampoco cree que haya sido intencionado. Cuando los jardineros vean hoy el tronco, quizás puedan decir el motivo.
El Gobierno local todavía no ha decidido si plantará árboles de gran porte en su lugar, una decisión que adoptarán cuando vean cómo queda la plaza de los árboles. «Ahora se verá mejor la fachada del teatro», opina Antonio Ávila.
Ávila anuncia que también han retirado otros árboles en el parque de la Legión y que eliminarán todos aquellos enfermos.
Los que no llegarán a plantarse son los dos baobabs que encargó el Ayuntamiento para el parque de Castelar. Se han secado en el vivero en menos de un año, antes de llegar al jardín.

Va de Pastora - Coro de Almonte

Bruselas estudia dar un año más a España para cumplir el objetivo del 3% del déficit


 La Comisión Europea publica este  miércoles su dictamen sobre las reformas y los ajustesque el Gobierno español tiene previsto acometer para reducir su déficit al 3% en 2013, pero pese a insistir en que el pacto de estabilidad deja margen para la flexibilidad, no está dispuesta a dar un cheque en blanco a España.
El comisario de Asuntos Económicos y Financieros ha valorado el esfuerzo que ha hecho el Gobierno en el plano de los ajustes y las reformas, pero al mismo tiempo le ha sorprendido las revisiones del desvío del déficit, ha exigido más detalles sobre medidas concretas de cara a 2013, un control determinado y enérgico del gasto autonómico y avanzar en la reestructuración de la banca.

Fuentes comunitarias han adelantado que lo sucedido conBankia "no será un elemento clave en las recomendaciones".
Pese a revisar de nuevo al alza el déficit público de 2011 —del 8,51% del PIB al 8,9%— el presidente español, Mariano Rajoy, mantiene su compromiso con la reducción del déficit hasta el 5,3% este año y al 3% en 2013 marcada por Europa, pero las dudas sobre si podrá cumplir los objetivos en un contexto de recesión aumentan en Bruselas y en algunas capitales, según fuentes diplomáticas.
Es en este contexto en el que la Comisión Europea podría recomendar dar un año más a España -hasta 2014- para rebajar el déficit al 3%, aunque nada se da por seguro, pues Rehn no quiere firmar un "cheque en blanco" a Madrid sin tener más detalles sobre cómo pretende cumplir el objetivo, señalaron fuentes europeas.
Bruselas tiene en su poder información de los planes de ajuste de las comunidades autónomas aprobados recientemente en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, pero no cuenta con los detalles sobre el impacto de la subida del IVA para el próximo año ni con una visión de los próximos presupuestos para completar la fotografía.

Desequilibrios macroeconómicos

La posibilidad de dar más tiempo a un país está contemplada en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) "si se han tomado medidas eficaces" y "aparecen factores económicos adversos e inesperados que tienen efectos importantes desfavorables sobre la hacienda pública" y si el Consejo está conforme con la recomendación de la Comisión.
España también conocerá el análisis en profundidad de la Comisión Europea sobre susdesequilibrios macroeconómicos. Cuando la Comisión publicó en febrero el primer mecanismo de alerta sobre desequilibrios España figuraba entre doce países con distorsiones excesivas que requerían un análisis en profundidad.
La Comisión se basó en diez indicadores y España suspendió en seis de ellos: la balanza por cuenta corriente, la posición neta de inversión internacional, la cuota de mercado de las exportaciones, la deuda pública, la deuda del sector privado y el desempleo.

El BCE ha rechazado el plan para rescatar a Bankia con deuda pública, según el Financial Times

Bankia

El plan diseñado por el Gobierno español para recapitalizar a Bankia, a través del rescate de su matriz BFA, ha sido rechazado y calificado como inaceptable por el Banco Central Europeo (BCE), según asegura este martes el diario Financial Times.

Con este método, España no necesitaría acudir al mercado de deuda para financiarse. El BCE, siempre según Financial Times, ha contestado a España que lo que Bankia necesita es una inyección directa de capitalSegún la publicación especializada británica, que cita a dirigentes comunitarios, el plan requería indirectamente la participación monetaria del BCE. La idea, que el diario califica como "poco ortodoxa", consistía en financiar la entidad con los 19.000 millones requeridos mediante bonos soberanos españoles, que posteriormente serían intercambiados por dinero en el BCE.
La publicación no ha logrado una contestación oficial del Banco Central Europeo. Pero asegura que el Gobierno de Mariano Rajoy, al recibir la respuesta negativa, ha insistido en que la entidad dirigida por Mario Draghi debe erigirse como un"prestamista de último recurso para los países de la Eurozona", sobre todo en unos momentos donde el coste de financiarse en los mercados se ha elevado, en el caso de España, por encima del 6,5% en los títulos a 10 años.
Según FT, Bruselas "está decepcionada con el Gobierno de Rajoy" por su gestión de la crisis, especialmente desde que decidió hace un mes fijar un objetivo de déficit por su cuenta.

Rescate europeo

Por su parte, Rajoy fue este martes tajante al  afirmar que "no va a haber ningún rescate con fondos europeos a la banca española" y que "las ayudas —públicas— a la banca no van a repercutir en más recortes".

El jefe del Ejecutivo no reveló exactamente cuál será el proceso de recapitalización de la entidad, pero indicó que la ayuda pública que se inyectará en la entidad se recuperará cuando esta sea vendida, una vez saneada y recapitalizada.
 "No es la primera vez que se mete dinero público en una entidad", ha dicho el presidente del Gobierno, quien añade que el objetivo de nacionalizar Bankia era "garantizar los depósitos de los españoles, sanear la entidad, recapitalizarla y recuperar la confianza de los mercados".
El grupo BFA-Bankia ha pedido al Estado una ayuda pública de 19.000 millones de euros, que se sumará a los 4.465 ya inyectados, en lo que supone el rescate más caro de la historia financiera española.
El dinero servirá para hacer frente a las provisiones inmobiliarias exigidas por el Gobierno, así como a las necesidades de capital detectadas por la auditoría de Deloitte, la auditora que se negó a firmar las cuentas hasta que se corrigieran estos desequilibrios.

Si eso te llamo: TRUEQUE

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El régimen fiscal de la iglesia


Escrito por Fernando Giménez Barriocanal   
viernes, 25 de mayo de 2012
Mucho se viene escribiendo en las últimas semanas acerca de los supuestos privilegios fiscales que disfruta la Iglesia Católica en España. Se llega a afirmar que vive en un “paraíso fiscal”, que no paga impuestos y que en estos momentos de recortes y de incremento de la presión tributaria, es la única entidad que no se aprieta el cinturón. ¿Qué hay de verdad en todo esto?
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1. El origen del régimen fiscal de la Iglesia
El régimen fiscal de las Instituciones de la Iglesia Católica en España deriva, en primera instancia, del Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español para Asuntos Económicos suscrito el 3 de enero de 1979.  Un acuerdo en el marco de la Constitución Española, con rango de tratado internacional y refrendado por una inmensa mayoría del Congreso y del Senado. Por cierto, la Santa Sede mantiene acuerdos de esta naturaleza con más de 100 países. Dicho acuerdo prevé una serie de beneficios fiscales  en sus artículos 3º y 4º para una lista cerrada de entidades de la Iglesia (fundamentalmente Conferencia Episcopal, Diócesis, Parroquias y Órdenes y Congregaciones religiosas). Para el resto, remite a la legislación general de entidades no lucrativas. Desde 1979 hasta hoy, este  régimen fiscal ha tenido variaciones motivadas por las distintas modificaciones tributarias de nuestro país como la introducción del IVA, la  Ley de reforma de las haciendas Locales, etc.  Estas modificaciones dieron lugar a Órdenes Ministeriales, Reales Decretos y Disposiciones adicionales en las normas principales, que en su gran mayoría, fueron consultadas o notificadas previamente a la Conferencia Episcopal, tal y como prevé el protocolo adicional del mencionado acuerdo.
En el campo de las entidades no lucrativas, en 1994 se aprueba La ley 30/1994 de fundaciones y de participación  privada en actividades de interés general, una norma que en sintonía con las tendencia tributarias europeas, establecía estímulos fiscales para favorecer la participación de la iniciativa privada en aquellas actividades que benefician a  colectividades genéricas de ciudadanos y que, en consecuencia, ahorran esfuerzos económicos a la administración. Las entidades de la Iglesia quedaron aquí incluidas  por asimilación.
No obstante, la modificación más importante se produce en diciembre de 2002 cuando se aprobó en España  la denominada Ley de mecenazgo (ley 49/2002, de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo). Esta norma, en su Título II, establece el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, régimen al que se incorpora no solo la Iglesia Católica sino también el conjunto de Iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tienen suscritos convenios de colaboración con el Estado Español (es decir, Iglesias Evangélicas, comunidades  Israelitas  y Comisión Islámica). Así figura en la disposición adicional novena.
Por tanto, a día de hoy, nos encontramos con un régimen fiscal que  supera ampliamente  el ámbito de las exenciones previstas en el Acuerdo de 1979 y que en absoluto puede catalogarse como  un privilegio único de la Iglesia sino que su Régimen Fiscal se aplica, de idéntica manera  a Fundaciones, Asociaciones de utilidad Pública, ONG´s  de ayuda al desarrollo y Federaciones Deportivas, entre otros, así como al resto de confesiones religiosas.
¿Cuál ese régimen fiscal? Veamos los aspectos más significativos
2. El impuesto sobre sociedades
Las  instituciones de la Iglesia están obligadas a declarar por el impuesto de Sociedades como cualquier otra entidad, aunque se les permite hacer consolidación fiscal por diócesis o provincia religiosa. En relación con este impuesto, el artículo 4.1.b. del Acuerdo establece una exención general de este impuesto, que no alcanza “a los rendimientos que pudieran obtener por el ejercicio de explotaciones económicas, ni a los derivados de su patrimonio, cuando su uso se halle cedido, ni a las ganancias de capital, ni tampoco a los rendimientos sometidos a retención en la fuente”
Esto ha sido así, substancialmente, hasta 2002 con la aprobación de  la ley de mecenazgo. Esta ley  ha establecido, en su artículo 6º, para el conjunto de entidades mencionadas ,   las siguientes:
a) Donativos, cuotas de afiliados y subvenciones. Todas estas estaban ya amparadas en el Acuerdo de 1979 para la Iglesia.
b) “Las procedentes del patrimonio mobiliario e inmobiliario de la entidad, como son los dividendos y participaciones en beneficios de sociedades, intereses, cánones y alquileres”.
c) “Las derivadas de adquisiciones o de transmisiones, por cualquier título, de bienes o derechos, incluidas las obtenidas con ocasión de la disolución y liquidación de la entidad”, es decir cualquier incremento de patrimonio.
d) “Las obtenidas en el ejercicio de las explotaciones económicas exentas a que se refiere el artículo siguiente”,  y  que son:
1. Centros de asistencia social
2. Hospitales
3. Investigación científica.
4. Gestión de bienes declarados de interés cultural
5. Representaciones teatrales, musicales, cinematográficas y circenses
6. Gestión de parques y espacios naturales protegidos
7. Centros de enseñanza regular
8. Realización de exposiciones, conferencias y cursos.
9. Elaboración, edición, publicación y venta de libros, revistas y material multimedia.
10. Prestación de servicios de carácter deportivo (salvo para profesionales)
11. Actividades económicas complementarias a la actividad principal de la entidad.
12. Actividades de pequeña cuantía (inferior a 20.000 € al año)
Aunque se establecen algunos requisitos para el acceso a la exención, en la  práctica,  este artículo supone que  la mayoría de las fuentes de financiación de las entidades no lucrativas, han quedado exentas de tributación.
3. Tributos locales. El caso del I.B.I.
Los Acuerdos de 1979 establecen, para las  instituciones de  la Iglesia en sentido estricto, una lista cerrada de bienes inmuebles con exención de Contribución Urbana, hoy IBI. Se trata de las parroquias, sus locales y la curia Diocesana, Seminarios y Universidades de disciplinas eclesiásticas, así como las casas parroquiales, residencia del Obispo y los edificios destinados a residencia de Órdenes y Congregaciones religiosas. Por supuesto, estas exenciones cerradas están vinculadas a que los bienes sean propiedad de estas instituciones, es decir, las viviendas particulares de los sacerdotes no  están exentas.
Por su parte, la actual ley de mecenazgo establece explícitamente, en su artículo 15.1. que “estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades”
Por tanto, al amparo de este artículo, las entidades no lucrativas y también la Iglesia están exentas de pago de IBI de aquellos bienes donde se realizan las actividades enunciadas anteriormente.
Por su parte, siguen sin estar exentos de IBI aquellos bienes en los que se realiza un explotación económica que no esta exenta, es decir, que no figura en la lista anteriormente mencionada. Por eso, afirmar que la Iglesia esta exenta de IBI es falso y confuso; primero, porque tiene el mismo régimen que cualquier fundación y segundo porque sí paga IBI por los bienes que no están amparados por la ley de mecenazgo (parkings, explotaciones agrarias, repostería, restauración, etc.).
4. Otros beneficios fiscales
Existen otro conjunto de  beneficios fiscales que son compartidos con las entidades no lucrativas. Entre ellos destacan:
· La exención del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos (“la plusvalía”), cuando surge por bienes exentos de IBI.
· La exención   del Impuesto sobre Sucesiones.
· La exención del Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales.
Por otra parte, conviene destacar que en 2007 la Iglesia renunció, en el marco del acuerdo de financiación, a la exención que disponía de IVA en la entrega de bienes inmuebles. Tributa por IVA como cualquier  entidad. Cabe señalar, por último, que la única peculiaridad relevante de la regulación fiscal de la Iglesia y que la diferencia de las entidades no lucrativas es la exención en el I.C.I.O. para los bienes citados los acuerdos. A día de hoy es una exención propia de la Iglesia, derivada de la redacción de los acuerdos, aunque hay que destacar que en la propuesta de reforma de la ley de mecenazgo que se encuentra en el parlamento  se incluye generalizar la exención a todas las entidades no lucrativas y a todos los bienes que tienen exención por I.B.I.
5. A modo de conclusión
En resumen, se puede afirmar que, a día de hoy, la Iglesia dispone del mismo régimen fiscal que se aplica a otras instituciones no lucrativas del país, el mismo que tienen otras confesiones religiosas. No hay privilegios. Gracias a estos beneficios, nuestras instituciones realizan y seguirán realizando  una importantísima labor a favor de la sociedad, atendiendo demandas  de los ciudadanos y con ellos devolviendo con mucho  el esfuerzo fiscal realizado. Es sin, duda una inversión social muy rentable.
Fernando Giménez Barriocanal
Vicesecretario para Asuntos Económicos de la Conferencia Episcopal Española