domingo, 12 de febrero de 2012

BOE MEDIDAS URGENTES.



Medidas urgentes

El empresario podrá rebajar los salarios a discreción

La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría junto a la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ayer. -El diablo está en los detalles, dice la frase hecha. Y, en el caso de la reforma laboral aprobada el viernes por el Gobierno de Mariano Rajoy, no se equivoca. El texto del decreto ley publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor este lunes incluye importantes cambios que el Ejecutivo se reservó el viernes y que refuerzan la tesis hacia la que van encaminadas sus principales medidas: apuntalar el poder empresarial y precarizar las condiciones de trabajo hasta la vulneración de derechos de los trabajadores. En resumen, una reforma que desequilibra las relaciones laborales tal y como se conocían.
Además del radical abaratamiento del despido (que en la práctica pasará de 45 a 20 días, ya que se presumirá que todos los despidos son procedentes salvo que un juez diga lo contrario), el espaldarazo definitivo a los intereses de los empresarios es el poder que se les concede para modificar unilateralmente la cuantía de los salarios. A partir de ahora, podrán bajar el sueldo de sus trabajadores cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. "Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa", dice el texto. Es decir, criterios que no quedan cuantificados y que pueden ser muy vagos, como el de la productividad, serán motivo para que un empresario rebaje el sueldo. Tampoco se especifica hasta qué cuantía podrá rebajarse.
Esta reducción salarial se podrá aplicar, bien a trabajadores individuales, a grupos de trabajadores o a toda la plantilla. Esto quiere decir que, en una misma empresa, el patrón puede bajar el sueldo de, por ejemplo, cinco empleados alegando razones de productividad o competitividad.
En el caso de que estas modificaciones se hagan individualmente (es decir, que afecten a menos de diez trabajadores en las empresas de más de cien empleados, al 10% en el caso de las empresas de entre cien y 300 trabajadores, y a 30 trabajadores en las de más de 300), los empresarios las aplicarán directamente y de forma unilateral y tan sólo tendrán que comunicarlo al trabajador afectado y a sus representantes sindicales con un mínimo de 15 días de antelación.
La productividad o competitividad serán razones para bajar el sueldo  
En el caso de que se rebajen los salarios de forma colectiva (y que afecte, por tanto, a un número de trabajadores mayor que lo especificado en los criterios anteriores), la empresa sí tendrá que abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores durante no más de 15 días. No obstante, si este acaba sin acuerdo, el empresario podrá imponer su criterio y tan sólo tendrá que comunicar a los empleados su decisión, que surtirá efecto a los siete días de su notificación.
Eso sí, si el trabajador no está de acuerdo con la rebaja podrá pedir la rescisión de su contrato y percibir la correspondiente indemnización de 20 días por año trabajado. El mismo mecanismo sirve ya para modificar otras condiciones laborales, como la jornada de trabajo, el horario o las funciones.
Por otro lado, y tal y como se adelantó el viernes, la reforma facilita el descuelgue, es decir, la no aplicación de un convenio colectivo. Bastará con que la empresa registre dos trimestres consecutivos de disminución de ingresos o ventas para que el empresario pida la inaplicación de las condiciones de trabajo fijadas por el convenio. En este caso, empresa y trabajadores sí tendrán que llegar a un acuerdo. De no hacerlo, se acudirá a los mecanismos de mediación que los agentes sociales hayan previsto en sus convenios. Si, a pesar de todo, sigue el conflicto, las partes tendrán que acudir a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, a la que se dotará de nuevas funciones y que está compuesta por miembros de la patronal, los sindicatos y la Administración.

Posible inconstitucionalidad

Precisamente, esta, la imposición de un arbitraje obligatorio (bien a través de la Comisión o bien a través de un árbitro que esta designe) para resolver un conflicto en caso de descuelgue, es una de las cuestiones que podrían bordear la inconstitucionalidad, ya que vulnera el derecho de las partes a marcar las reglas de la negociación colectiva, tal y como señalan varios expertos. "El que una comisión tripartita pueda en última instancia resolver estas discrepancias tiene un componente intervencionista, franquista incluso, que bordea la constitucionalidad", dice Fernando Valdés, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid.
Valdés también ve el periodo de prueba de un año del nuevo contrato indefinido para los autónomos y las empresas con menos de 50 empleados una posible vulneración de la legalidad: "El Tribunal Supremo ha dicho en los últimos años que un periodo de prueba tan largo sólo puede estar sostenido si el trabajo realizado lo justifica". Sin embargo, desde peones de albañil hasta ingenieros aeronáuticos podrán ser contratados con esta modalidad. "¿Cuál es el fundamento de que exista este periodo si no es el despido libre?", se pregunta Antonio Baylos, catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad de Castilla-La Mancha.
La imposición de un árbitro para resolver descuelgues bordea la constitucionalidad 
Y es que, durante el primer año de este contrato, los trabajadores podrán ser despedidos a coste cero. Las pymes que los contraten tendrán derecho a reducciones fiscales y a bonificaciones a la Seguridad Social según los colectivos, que tendrán que ser reintegradas si el trabajador no se queda en la empresa, salvo que el contrato de trabajo "se extinga por despido disciplinario declarado o reconocido como procedente". Puesto que ahora se presumirá la procedencia de todos los despidos y bastará con que el empresario lo reconozca como tal, parece difícil que estas bonificaciones lleguen realmente a reintegrarse a las arcas del Estado. Es decir, puede suceder que empresas que despidan a un trabajador durante el periodo de prueba y contraten a otro en las mismas condiciones con la intención de disponer de mano de obra más barata se beneficien de dinero público.
La eliminación de la autorización administrativa para llevar a cabo expedientes de regulación de empleo (ERE), junto a que desde ahora será el empresario el que decidirá si admite o no a un trabajador en caso de que un juez dictamine que su despido fue improcedente, también generan dudas en Baylos. "La retirada de la autorización administrativa atenta contra la obligación de los poderes públicos de mantener una política de empleo. El derecho al trabajo se fundamenta en que las personas tienen derecho a un empleo del que no pueden ser despedidos sin una justa causa. No puede ser que si el juez te da la razón y determina que tu despido ha sido improcedente, sea el empresario el que decida si te readmite en la empresa o te paga la indemnización", explica.
Además, la reforma laboral limita la posibilidad de recurrir ante los tribunales los despidos colectivos en el caso de que los recursos sean interpuestos por los representantes de los trabajadores. Fernando Valdés interpreta este punto como una individualización de las relaciones de trabajo y de los conflictos, ya que los recursos no se limitarán en el caso de que los interpongan los trabajadores a título individual.
Otra piedra angular de las relaciones entre los agentes sociales en la que entra la reforma es la llamada ultraactividad (que la vigencia del convenio se mantenga a pesar de que haya caducado mientras se negocia otro): a partir de ahora, queda limitada y los convenios sólo seguirán vigentes durante dos años tras su caducidad, salvo (y esta es una novedad del texto del BOE) pacto en contrario de las partes. Pasados esos dos años, si no hay acuerdo, el convenio decaerá, aunque el Gobierno deja margen a los interlocutores para que puedan pactar que continúe en vigor.

Indemnización por despido

Desde este lunes, todos los nuevos contratos indefinidos tendrán 33 días de indemnización por año trabajado, aunque, en la práctica, se despedirá con 20 y será el trabajador el que tendrá que pelear una indemnización mayor ante el juez si considera que su despido fue improcedente.
La norma también afecta a los trabajadores que ya tuvieran un contrato de 45 días de despido. Su indemnización se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo que ha trabajado antes de la entrada en vigor de la reforma, y a razón de 33 días de salario por año por el tiempo que cotice a partir de este lunes. El texto fija un tope de 720 días de salario (24 mensualidades, prácticamente la mitad del máximo actual), salvo para los trabajadores que antes de su entrada en vigor hubieran generado derecho a un número de días superior. Por lo tanto, sólo los trabajadores que a día de hoy hayan generado unas indemnizaciones por despido que superen las 24 mensualidades tendrán derecho a esa cantidad, sin que se pueda superar el tope de 42 mensualidades.
Los expertos difieren sobre si esta medida, que afecta a derechos ya adquiridos, podría ser inconsticucional. No lo es para Fernando Valdés, ya que "no tiene efectos retroactivos, sino que se aplica desde la entrada en vigor de la norma", algo que ha sucedido en otras ocasiones y que obtuvo el respaldo de la Justicia, mientras que para Antonio Baylos genera una "inseguridad jurídica" que podría ir contra la Constitución.


Sin finiquito para los directivos de banca expedientados

Sáenz de Santamaría.

El real decreto de medidas urgentes para la reforma laboral que ayer aprobó el Consejo de Ministros incluye dos novedades que afectan a las indemnizaciones de los directivos del sector financiero. Por un lado, aquellos que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario, se quedarán sin derecho a percibir indemnización alguna, según anunció ayer la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. "Su cese será considerado como un despido disciplinario", por lo que "no tendrán derecho al cobro de indemnización de ningún tipo", insistió la vicepresidenta.
Por otro lado, las indemnizaciones por cese de actividad en las entidades intervenidas por el Estado o que hayan recibido ayudas públicas no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes del decreto de saneamiento del sector financiero aprobado hace una semana.
Esos límites son de 300.000 euros anuales para los directivos de entidades intervenidas (en ese grupo estarían la CAM, Novagalicia, CatalunyaCaixa y Unnim) y, en el caso de las que han recibido ayudas del Fondo para la Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), el tope es de 600.000 euros al año. En este segundo grupo de entidades están Bankia; la unión de Caja Duero-España y Unicaja; la de BBK, Cajasur, Vital y Kutxa; Banca Cívica y BMN.
La portavoz gubernamental indicó que la medida se ha adoptado siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea. Sáenz de Santamaría explicó que el Gobierno ha llevado a cabo "una reforma de verdad" del sistema financiero, que se ha saneado en busca de la "fortaleza y solvencia tanto de las entidades financieras como del Estado".
A la espera de conocer los detalles de la reforma hoy, cuando se publique el decreto en el BOE , fuentes del Ministerio de Empleo señalaron que la normativa pretende poner coto a las prejubilaciones millonarias en entidades intervenidas o que hayan recibido ayudas del Estado.
El Gobierno no aclaró si el cambio será retroactivo, como ayer reclamó el Sindicato Independiente de Cajas de Ahorros y Afines (CSICA), que celebró la devolución de las indemnizaciones percibidas por directivos sancionados: "Se han utilizado fondos del FROB para pagar cuantías millonarias a decenas de directivos que han arruinado a las entidades", lamentó CSICA en un comunicado.
El cambio legal no afectará a aquellos bancos y cajas que no hayan tenido que recurrir al FROB. La mayor cuantía de la historia de España la entregó, precisamente, un banco: los 108 millones de euros que se llevó en 2002 Ángel Corcóstegui, en concepto de jubilación, del entonces Banco Santander Central Hispano (BSCH), con 50 años y tras apenas tres como consejero delegado.

Empresas públicas

Por otro lado, en lo que se refiere a los directivos de empresas públicas que cesen en su actividad, la reforma también limitará la indemnización a siete días por año trabajado, con un límite máximo de seis mensualidades.
En todo caso, si ese directivo tenía una relación previa con la Administración, si es funcionario o cuenta con reserva de puesto, "no tendrá derecho a ninguna indemnización por cuanto vuelve a su actividad habitual", dijo Sáenz de Santamaría. La medida busca "redimensionar" el sector público empresarial y dar un trato legal adecuado a los ceses de los directivos contratados por empresas públicas.

Los emprendedores tendrán un nuevo contrato bonificado

Almacén de productos comerciales. -

Pocas medidas de las aprobadas ayer por el Gobierno buscan la creación directa de puestos de trabajo. Una de ellas es la creación de un nuevo contrato indefinido para pequeñas y medianas empresas de menos de 50 trabajadores, y autónomos, que suponen más del 95% del tejido productivo de nuestro país. Aunque miembros del Ejecutivo habían apuntado la necesidad de simplificar las modalidades contractuales, la reforma laboral no dice nada en ese sentido. No obstante, fuentes de Empleo aseguraron ayer que se hará un esfuerzo por clarificar los tipos de contrato que existen y por reordenar el magma de bonificaciones a la contratación que existen.
Los emprendedores que contraten a su primer trabajador en paro podrán deducirse fiscalmente un importe que equivalga el 50% de la prestación por desempleo que cobraba esa persona. Al mismo tiempo, el trabajador podrá percibir, además de su sueldo (que se marcará en convenio), el 25% de la prestación por desempleo que le corresponde. Es decir, por primera vez se abre la puerta a que una persona cobre una parte de su prestación de desempleo mientras percibe un sueldo. En cualquier caso, será el trabajador el que decida voluntariamente si quiere compatibilizar ambos.
Además, las pequeñas empresas que contraten a su primer trabajador tendrán derecho a una deducción en su cuenta fiscal de 3.000 euros, siempre que este sea menor de 30 años. Esta modalidad tendrá un periodo de prueba de un año, aunque fuentes de Empleo matizaron que estas ayudas se consolidarán siempre y cuando este contrato se convierta en indefinido.
Por otro lado, se establece un nuevo régimen de bonificaciones para colectivos "con especiales dificultades para su incorporación al mercado laboral". La contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años se bonificará con hasta 3.600 euros en las cuotas a la Seguridad Social. En el caso de los parados de larga duración (con un año o más en el paro) mayores de 45 años, se bonificará con 4.500 euros. Las ayudas se incrementarán conforme aumente la antigüedad de los trabajadores.

Otro contrato de formación

El Gobierno impulsa también el contrato para la formación y el aprendizaje, al que podrán acceder jóvenes de hasta 30 años hasta que la tasa de desempleo baje del 15% (actualmente, está en el 22,8%). El sueldo será el 75% de lo que marque el convenio para ese puesto. Un joven podrá ser contratado con este modelo varias veces si cambia el sector en el que se forma.


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Muere la cantante Whitney Houston a los 48 años

Whitney Houston

La cantante fue declarada muerta a las 15:55h hora local en el Hotel Beverly Hilton a pesar de los esfuerzos de reanimación, dijo un portavoz policial. El teniente de la policía de Beverly Hills Mark Rosen aseguró ante la prensa que "no había signos evidentes de intención criminal" y que la causa de su muerte está siendo investigada.
Houston, que se preparaba para reaparecer en la gran pantalla en una nueva versión de "Sparkle", su primer papel cinematográfico desde "La mujer del predicador" en 1996, murió en la víspera de la 54ª entrega anual de los premios Grammy. La noticia de su muerte provocó una ola de reacción en los medios de comunicación social, fans y otras celebridades.
"El corazón destrozado y en lágrimas por la trágica muerte de mi amiga, la incomparable señora Whitney Houston ... Nunca será olvidada como una de las más grandes voces de la tierra", expresó la cantante Mariah Carey. La también intérprete Gloria Estefan se mostraba incrédula ante la noticia en su cuenta de Twitter y pedía que alguien le desmintiera la triste noticia. "Hemos perdido otra leyenda. Amor y oraciones para la familia de Whitney.
La vamos a extrañar", dijo Christina Aguilera también por esta red social. La hermana de Michael Jackson, Latoya, quiso dar el pésame a la madre y a la hija de la cantante: "No puedo entender el hecho de que Whitneyhouston haya muerto! Mi corazón está con su madre, su hija y sus seres queridos. Whitney te extramos!", escribió.
Houston se casó con el cantante de "rap", Bobby Brown, el 18 de julio de 1992 pero la pareja se separó en 2006 tras 14 años de una relación que la desgastó emocionalmente y la abocó a las drogas, según confesó la propia artista. En septiembre de 2009, afirmó ante las cámaras de televisión que estaba muy recuperada tras haber sido adicta a la marihuana y cocaína, cuando estaba casada con Bobby Brown. La cantante reconoció que aunque todavía se sentía atraída por las drogas dijo confiar en Dios para superar la mayor tentación de su vida, que hoy, desvalida y "guardaespaldas", se apagó para siempre.

GRABADOS


                                       

                                     
ESPAÑA ARTÍSTICA Y MONUMENTAL
España artística y monumental: vistas y descripción de los sitios y monumentos más notables de España (1842-1850), dirigida y ejecutada por Don Genaro Pérez de Villa-amil ,grabados realizados por los principales litógrafos de Paris. Entre 1842 y 1850 la prestigiosa editorial Hauser de París publicó los treinta y seis cuadernos de la obra en tres volúmenes. En un principio la obra se vendía por entregas desde Paris.

Jenaro Pérez Villaamil (1807-1854), fue uno de los mejores paisajistas del Romanticismo español, poniendo de moda la pintura de paisaje en la España del siglo XIX. Nació en El Ferrol, iniciándose en el dibujo topográfico con su padre, profesor de la Escuela Militar de Santiago. A los 8 años obtiene el cargo de profesor de perspectiva. Continuó sus estudios en Madrid, al trasladarse a la capital con su familia. Pronto ingresó en el Ejército, siendo herido en 1823 cuando ostentaba el grado de alférez de Estado Mayor en Cádiz. Exiliado en Puerto Rico, pasó dos años en la isla (1830-1832), decorando los techos del teatro de la capital. En 1832 regresa a Madrid donde asiste a la tertulia romántica de “El Parnasillo” con José de Espronceda, Patricio de la Escosura y Ventura de la Vega. Realizo varios viajes por España en compañía del pintor romántico inglés David Roberts, buscando los paisajes y escenas pintorescas que integrarían la edición del libro titulado "España artística y monumental", acompañadas las láminas por textos de Patricio de la Escosura. También
realizó numerosos viajes a Francia y a Bélgica, residiendo durante una temporada en Bruselas. En 1835 recibió
la cátedra de paisaje en la Escuela de San Fernando, llegando a ser director de la institución en 1845. Se relacionó con Isabel II, llegando a ser pintor de cámara. Sus paisajes se caracterizarán por una neblina dorada que otorga un aspecto romántico a la composición, el empleo de figurillas para dar mayor vitalidad al conjunto y el recurso de una amplia perspectiva. En la plenitud de su fama, Villaamil falleció en Madrid en 1854, a los 47 años.

                                          
                             Azpeitia - Guipuzcoa

                                  Baile de gitanos
                                       España
           Capilla del Condestable – Catedral de Burgos       
                                Capilla Mozarabe
                              Catedral de Córdoba
                                        

Cárcel de Lerma - Burgos

Castillo de Alcala de Guadaira

El altar transparente de la Catedral de
Toledo


Catedral de Burgos
             Ermita de San Esteban Tolosa - Guipuzcoa
             Escalera del Hospital de Santa Cruz - Toledo
                   Iglesia de los Dominicos Calatayud
Iglesia de San Antonio Abad - Bilbao
                      Iglesia de San Pablo - Zaragoza

                                  La Feria de
                                   Mairena


                                  La Giralda de
                                     Sevilla

                                La Seo - Zaragoza
                        Ladrones en una Venta España

                   Monasterio de las Huelgas - Burgos



                      Nuestra Señora de Juncal - Irun



                               Parroquia de Santo
                                Tomé - Toledo


              Patio de la Casa de la Infanta - Zaragoza
                  Patio de la Casa de Miranda - Burgos

Patio del Palacio de los Duques de Infantado - Guadalajara


      Portada de la Capilla del Sagrario – Catedral de Toledo

                   Pórtico del colegio de San Gregorio
                                    Valladolid

  Pórtico exterior del Monasterio de las Huelgas - Burgos

                       Puente de San Martín - Toledo


                     Puerta Alta – Catedral de Burgos


                               Puerta de los Leones
                                Catedral de Toledo


                             Puerta del Sol - Toledo


                        Romeria de San Isidro - Madrid

                    San Ignacio de Loyola - Guipuzcoa

            Santa Engracia – Claustro Mayor - Zaragoza
                   


                            Sepulcro del Infante
                                Don Alfonso
                           Cartuja de Miraflores


                           Taller del Moro - Toledo


                             Santa María la Blanca
                                        Toledo

Torre de Santa María
Illescas

                                        Zamora
                           Torre del Oro - Sevilla
                           Un “Aurresku” en Bilbao
                            Un mercado en España
                                        Zaragoza

                           Puerta de Santa Catalina
                              Catedral de Toledo

             Nueva fachada de la Catedral de Barcelona