Le prometimos que le mantendríamos informado de todas las novedades que fueran surgiendo entorno a la, cada vez más cercana, Reforma Laboral. Por eso le enviamos este e-mail con las claves del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva para los años 2012, 2013 y 2014, rubricado ayer miércoles 25 de febrero por CEOE, CEPYME, UGT y CCOO. También se puede descargar el texto integro del Acuerdo.
Este atento a nuestros próximos e-mails, porque se esperan novedades de la Reforma para los próximos días. Y le recuerdo que una vez esté aprobada le enviaremos un Informe en el que analizaremos para usted cada uno de los puntos fundamentales.
Entre las medidas que incorpora este acuerdo recién firmado destacan las siguientes:
1) Acuerdo en materia salarial
Se fija para 2012 una subida de hasta el 0,5%, con una cláusula de actualización aplicable al final del ejercicio si el IPC nacional de diciembre supera el objetivo del Banco Central Europeo (BCE) del 2 %.
Y para 2013 se establece que la subida salarial no podrá superar el 0,6%, con una cláusula de actualización en las mismas condiciones que en 2012.
2) Inaplicación de determinadas condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos sectoriales
Se ha acordado, de forma excepcional y con carácter temporal para asegurar el mantenimiento de las plantillas que los empresarios puedan dejar sin efecto lo pactado en convenio en materia de horario y distribución de la jornada, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, de trabajo y de rendimiento, y funciones. Para que se puedan dar estos descuelgues, el empresario deberá justificar la disminución persistente del nivel de ingresos o que la situación y perspectivas económicas pudieran verse afectadas por la aplicación de lo pactado en convenio, y deberá pactar la inaplicación con los representantes de los trabajadores.
3) Flexibilidad interna
Entre otras medidas, para evitar las horas extras y la contratación temporal, el empresario podrá distribuir irregularmente (a su conveniencia) un 10 % de la jornada anual y en materia salarial se admite que exista una parte variable que dependa de la situación y de los resultados de la empresa.
4) Teletrabajo
Los sindicatos y los empresarios acuerdan potenciar la figura del teletrabajo, propiciando que los trabajadores puedan desempeñan sus funciones fuera de las instalaciones de la empresa. El teletrabajo tendrá carácter voluntario y será reversible tanto para el trabajador como para la empresa.
Descárguese desde aquí el texto íntegro del Acuerdo
Reciba un cordial saludo,
Laura Aramburu. Editora Carta de Personal |
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